Módulo 3
Lecciones

Lección 1

Recomendaciones para la adquisición de bienes y servicios digitales accesibles.

Lección 2

Bienes y servicios para el acceso de la población con discapacidad a los medios digitales.

Lección 3

Atención accesible en canales digitales.

Lección 4

Canales digitales de atención al ciudadano accesibles, prioridad para la inclusión de las personas con discapacidad.

Lección 5

¿Qué es el ciberacoso y cómo afecta a las personas con discapacidad?

Lección 6

Ciberacoso y discapacidad.

Lección 7

Estrategias para la prevención y atención del ciberacoso.

Lección 8

Ciberacoso y discapacidad: acciones que debes tener en cuenta.

Glosario

Cuestionario

Cuestionario

Cuestionario Módulo 3

1. Con el fin de ofrecer a la población con discapacidad entornos digitales en los que puedan interactuar, participar y acceder; es importante adquirir bienes y servicios que cuenten con las condiciones adecuadas. Con este fin, a la hora de llevar a cabo un proceso de adquisición de bienes y servicios digitales es necesario tener en cuenta:

Lee la siguiente lista de opciones, luego en la sección de respuestas selecciona cuáles son las opciones correctas.

  1. Asegurarse que los oferentes hayan operado proyectos dirigidos a la población con discapacidad, sin importar si estos no se relacionan con el sector de lo digital.
  2. Asegurarse que los proveedores incluyan en su oferta productos desarrollados bajo las pautas de accesibilidad WCAG 2,1 o sus versiones posteriores.
  3. Capacitar al proveedor seleccionado en temas de accesibilidad digital.
  4. Asegurarse que los proveedores posean una oferta basada en el diseño universal de los entornos digitales. 
  5. Asegurarse que el proveedor seleccionado cuente con experiencias exitosas de desarrollo de entornos digitales accesibles a las personas con discapacidad. 
  6. Llevar a cabo un proceso de selección para la adquisición de bienes y servicios digitales, y otro proceso dedicado a la adaptación de los mismos.
  7. Priorizar la selección de oferentes que pertenezcan a organizaciones enfocadas en la accesibilidad digital.

 

 
 
 
 

2. Con el fin de brindar un enfoque diferencial de acceso a los entornos digitales, es necesario recurrir a software y estrategias digitales que faciliten o posibiliten la interacción de las personas con discapacidad. Algunas de estas herramientas son:

 
 
 
 

3. Teniendo en cuenta las normas técnicas y jurídicas relacionadas a la accesibilidad de los entornos digitales, es clara la necesidad de asegurar el acceso de las personas con discapacidad a los canales de atención al ciudadano. La Resolución 1519 del 2020 ofrece las pautas de accesibilidad en contenidos digitales basada en la guía de accesibilidad WCAG 2,1. De acuerdo con estas pautas, algunas medidas de accesibilidad digital para hacer perceptible los canales digitales de atención al ciudadano pueden ser: 

 
 
 
 

4. Siguiendo las pautas de la Guía de Accesibilidad ¿Cuáles serían algunas medidas que permiten hacer los entornos de canales de atención digital operables por todas las personas?:

 
 
 
 

5. Con el fin de garantizar la accesibilidad en los canales digitales de atención al ciudadano, deben llevarse a cabo ciertas medidas como:

 
 
 
 

6. El ciberbullying es un fenómeno creciente en los medios digitales, este es contemplado por la ley colombiana desde el año 2013 por medio de la ley:

 
 
 
 

7. La discriminación de la población con discapacidad es un delito contemplado por la ley colombiana. Inicialmente se abordó esta cuestión por medio de la ley 1482 del 2011, en donde se establecía como delito la discriminación por diferentes motivos. Posteriormente se establece una modificación en esta ley en donde se contempla específicamente diversas formas de discriminación hacia la población con discapacidad como delito, esta modificación se llevó a cabo en el año 2015 por medio de la ley: 

 
 
 
 

8. Responde verdadero o falso

Colombia enfrenta un reto desde el punto de vista legal y de la gestión pública en cuanto al ciberbullying. Si bien la discriminación por motivos de discapacidad es tipificada como delito, y el ciberacoso está determinado como una situación punible, aún no hay un terreno legal claro que dimensione los alcances y configuraciones reales del ciberbullying. Este fenómeno es percibido por la ley y la literatura académica como una práctica mayoritaria en los entornos escolares y personas menores de edad. Esto, claramente no permite atender correctamente las situaciones de ciberacoso que constantemente sufren poblaciones vulnerables por fuera de este grupo etario, y del contexto escolar. 

 
 

9. Una persona con parálisis cerebral constantemente recibe mensajes hostiles en sus redes sociales por parte de individuos del municipio que habita. Estos mensajes hacen burla de su apariencia, su forma de desplazarse; así como recibe mensajes de odio por su discapacidad. Esta forma de ciberbullying puede ser considerada: 

 
 
 
 

10. Una persona con discapacidad intelectual ha sido víctima de un episodio de ciberbullying. Ha sido grabada sin su consentimiento en el espacio público, y su imagen es usada para crear “memes” haciendo burla de ella. Esta persona ha sido víctima de:

 
 
 
 

11. Para atender un caso de ciberacoso, en el cual se vulneran los derechos de una persona con discapacidad cuál es el procedimiento más adecuado para atender la situación:

 
 
 
 

Pregunta 1 de 11